jueves, 23 de julio de 2009

LA MESTA, LO QUE FUE, SU FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN 2/2


LA MESTA, LO QUE FUE, SU FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN 2/2


Debemos distinguir entre los serranos y los riberiegos. Por serranos se consideraban a los ganaderos de las sierras, los cuales disfrutaban del derecho de voz y voto en las asambleas y que además tenían la posibilidad de tener oficios dentro de la asociación. Por otro lado, riberiegos eran los señores de ganados residentes en el resto de las comarcas castellanas, las denominadas tierras llanas. Éstos no tenían ni voz ni voto en las asambleas, ni opción a desempeñar oficio. No se tenía en cuenta si poseían ganado trashumante, por lo que debían abonar el impuesto de servicio y mantenimiento o montazgo.

En cuanto a éste apunte último, los vecinos de Madrid especialmente, sí que llegaron a tener después mayor capacidad en la toma de decisiones como propietarios de grandes extensiones de tierras llanas. Éste hecho ocurrió tras la modificación institucional de funcionamiento, sobre todo entre los siglos XVIII y principios del XIX.

El mencionado funcionamiento institucional, agrupaba a los ganaderos trashumantes serranos en cuadrillas, que a su vez se agrupaban luego en cuatro grandes partidos, también con el nombre de cuadrillas. Los nombres de los cuatro partidos estaban definidos por una zona geográfica o una ciudad significativa: Soria, Segovia, León y Cuenca.

León estaba formado mayoritariamente por vecinos serranos de la actual Comunidad Autónoma de La Rioja y Burgos, aunque también estaban León y Zamora.

Extenso sector del obispado de Sigüenza, el que abarcaba las Tierras de Medinaceli y Molina, el territorio del obispado conquense, las comarcas de Ciudad Real y Campo de Calatrava, constituían el partido de Cuenca.

Soria estaba integrado por la diócesis de Osma y los enclaves castellanos de la Tarazona.

Por último, Segovia era constituido con las zonas de la diócesis de Segovia y Ávila, el Valle del Lozoya y el Real de Manzanares.

Con anterioridad habíamos mencionado a los alcaldes entregadores, pues bien, además de lo indicado, éstos no estaban subordinados a la Mesta, pero su figura hacía que ésta le tuviese como enlace con el resto de la sociedad afectada por la ganadería. Por otro lado estaban los alcaldes de cuadrilla, los cuales eran votados en asamblea y se encargaban de juzgar pleitos de pastores y del resto de litigios de los asuntos pecuarios, también eran los encargados de hacer cumplir las leyes de la Mesta y guardar y custodiar el ganado descarriado.

Los abogados defensores de los intereses ganaderos eran los procesadores de corte y chancillería. También había de dehesa para los arriendos de pastizales y de puentes, situados en ciertos puntos de las cañadas: contaban el número de reses para cobrar el montazgo y los impuestos.

Con la llegada de los Reyes Católicos surgió otra figura, el presidente de la Mesta, añadida por ellos para reforzar la relación y control de la Corona sobre los ganaderos. Su función era presidir y atender las quejas presentadas contra los alcaldes entregadores y otros oficiales mesteños.

En cuanto al comercio de la lana que de la labor ganadera ovina se originó y que en el siguiente apartado sobre la trashumancia comentaremos, la Mesta no intervino directamente, en cambio lo fomentaba, así como la posesión de rebaños.

El final del Honrado Concejo empezó a través de una Real Orden de 31 de enero de 1836, con la que se cambió el nombre de Honrado Concejo de la Mesta por Asociación General de Ganaderos, quedándose sin competencias judiciales. Poco después se anularían también sus privilegios y llegaría su desaparición, en cambio, en aquella época la trashumancia era escasa y por tanto no causó muchos problemas en la economía general.

sábado, 18 de julio de 2009

LA MESTA: FUNCIONAMIENTO, TRASHUMANCIA, PASTORES.


LA MESTA, LO QUE FUE, SU FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN

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En numerosas ocasiones hemos oído la palabra “cañada” y hemos paseado por senderos cuyo origen desconocemos. Esos caminos se remontan a la historia castellana medieval, y su protagonismo fue tal que gracias a ellos se desarrolló uno de los sectores que hoy está en declive y casi en desaparición, pero que antaño formó parte de los pilares de nuestra economía. Las cañadas eran las vías pecuarias de la práctica ganadera denominada trashumancia, la cual más adelante desarrollaremos y que era la base fundamental de la creación de la Mesta.

El origen de la palabra Mesta no es exacto, pero parece que proviene del adjetivo mixto, el cual significaba confundido o mezclado, debido a la mezcolanza de cabezas descarriadas con las de dueño conocido. Aunque también podría venir del vocablo bereber mechta, majadas invernales de los ovinos.

Lo cierto es que la Mesta fue una institución castellana de influencia decisiva para la evolución económica de Castilla, formada por una asociación de personas con un perfil socioeconómico muy variado y que acabó siendo suprimida por los primeros gobiernos liberales a comienzos del siglo XIX, cuando las explotaciones ganaderas habían dejado de ser rentables para el nuevo sistema de producción y modelo social.

Esa asociación formaba un gremio con un elevado número de miembros, los cuales estaban dispersos geográficamente, siendo Castilla la parte hegemónica en cantidad, y donde sus oficiales llegaron incluso a ejercer jurisdicción legal.

No sabemos la fecha exacta de su creación aunque su existencia se remontó con anterioridad a la década de 1270, y desconocemos si sus incipientes asociaciones se llevaron a cabo por iniciativa regia o como acuerdo entre ganaderos. Probablemente las pequeñas mestas locales que existían ya en la Alta Edad Media entre los pastores de las majadas leonesas y castellanas, como producto de su asociación ante problemas derivados de su profesión, para reforzar sus fueros y hacerse cargo de las reses desmandadas dándolas dueño, dio lugar al Honrado Concejo de la Mesta.

La principal función de este Honrado Concejo de la Mesta de Pastores era velar por el cumplimiento de los fueros y disposiciones que regulaban la propiedad y la marca de los ganados, asignación de los descarriados que se denominaban mesteños o mostrencos. La Mesta defendía los derechos de la Hermandad, aseguraba los caminos de la trashumancia y organizaba la vida de las cabañas. El Concejo evolucionó hasta un punto en el que quiso reunir a todos los pastores de Castilla poseedores de los rebaños que conformaban la cabaña real, recibiendo él el impuesto correspondiente: servicio de ganados. Por tanto, si en un principio, consistía simplemente en la agrupación de pastores trashumantes de las comarcas septentrionales serranas de Castilla, con el tiempo quiso tener a la vez, jurisdicción sobre todos los aspectos relacionados con la ganadería castellana, la ya dicha cabaña real.

Como hemos mencionado con anterioridad, para otros autores fue a través de los mismos pastores como se creó la Mesta, asociándose éstos para la defensa de sus intereses. Y de este modo, la monarquía solo tuvo que dotarla de legalidad, pues ya anteriormente se empezó a gestar. Así fue el monarca Alfonso X, el personaje decisivo para su consolidación. Formada como institución con jurisdicción privilegiada, uno de tales privilegios que él le concedió en 1273 fue el hecho de que todas las decisiones que se aprobaran en las asambleas anuales del Honrado Concejo, tuviesen refrendo regio y fuesen obligatorias para los hermanos de la Mesta y para los que estuviesen también afectados por dichas decisiones. Fueron los alcaldes entregadores (cargos nombrados directamente por el rey), los que se encargarían de hacer cumplir las disposiciones asamblearias.
Acabamos de nombrar el término hermanos, pues bien, si en un principio solo eran considerados como hermanos de la Mesta los propietarios de ganado trashumante, principalmente nobleza, ricos monasterios y humildes pastores con rebaños familiares, todos pagando el servicio y montazgo, también lo fueron los ganaderos estantes, aunque con carácter forzoso. Destacaremos que, en principio, ley era igual para todos, en democracia y sin discriminación por cuestión de sexo o prepotencia económica.